SUBTEL presenta cargos contra TELSUR



La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) presentó cargos contra la empresa Telsur por la interrupción y alteración de servicios registrada en el sur del país, además de iniciar una auditoría a fin de determinar la cantidad exacta de usuarios afectados y las medidas reparatorias, descuentos o indemnizaciones que se les deban aplicar, de acuerdo a normativa vigente.

Según la Subtel, Telsur tuvo una falla en su servicio de telefonía local a partir del mediodía de ayer en una central que provee a las localidades Villa Amengual, Puerto Ibáñez, Chile Chico, Chile Chico 2, Cochrane y Puerto Guadal.

"Adicionalmente, la empresa Telsur a partir de las 15 horas presentó fallas en los servicios de Banda Ancha Fija y TV de Pago los que afectó aleatoriamente a sus clientes con indisponibilidad para navegar por internet y pérdida de visualización en 35 de sus señales en el servicio de televisión", informó la Subtel.

Al día de hoy (miércoles) todos los servicios se encuentran completamente restablecidos y operativos según informó hoy la misma empresa y a pruebas técnicas realizadas por fiscalizadores de Subtel en terreno.

La Subtel inició un proceso de fiscalización e investigación detallada de los sistemas de la referida empresa, y ha dispuesto un equipo de fiscalización en terreno para que se haga presente en las centrales de redes de Telsur.

Una vez concluida dicha investigación, se determinarán las medidas que deberá adoptar la empresa para prevenir o mitigar este tipo de situaciones y que no se repitan.

Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de cargos ya instruidos y sus multas resultantes que correspondan conforme a la normativa vigente por la pérdida en la continuidad del servicio y por no informar en tiempo y forma a la autoridad de la falla, conforme a los protocolos y normativa técnica para situaciones de emergencia e interrupción de servicio.

Subtel informa a los usuarios que conforme a la Ley de Telecomunicaciones, toda alteración, interrupción o suspensión de servicio que supere 6 horas en un mismo incidente o 12 horas acumuladas en un mes implica descuento automático del servicio no prestado en favor de los afectados, sin desmedro de otras acciones compensatorias conforme a Ley exigibles.

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